Fueros de Valencia

Fueros de Valencia

Los Fueros de Valencia (furs de València en valenciano), Fueros del Reino de Valencia o Furs Valencians fueron la legislación territorial valenciana durante más de cuatro siglos, desde 1261, cuando Jaime I los juró y promulgó en una reunión de las Cortes Valencianas el mismo año, hasta 1707, con los Decretos de Nueva Planta.

Contenido

Origen

Los fueros se originan en els costums, una serie de normas de la vida común y de ordenación de la ciudad de Valencia y diversas villas, que se crearon tras la conquista por Jaime I adaptando las normas aragonesas. La norma valenciana se aplicaba en parte del territorio conquistado, mientras que otra parte seguían los Fueros de Aragón. También se incorpora a esta legislación, (o al menos no se deroga) un tribunal de origen romano y consolidado por los musulmanes, el Tribunal de las Aguas de Valencia. El primer costum fue promulgado por Jaime I el 21 de marzo de 1238, en Játiva, confiriendo jueces civiles y criminales, así como la Cambra dels jurats de Valencia, (Cámara de los jurados de Valencia) a la ciudad. Esta creación de leyes propias para Valencia suponía una oposición al poder de la nobleza aragonesa que deseaba extender los fueros de Aragón a Valencia.

El 21 de mayo de 1239 aparece el primer privilegio en el que se habla del curia de Valencia, en el que se le da un lugar para su tribunal.

El 29 de diciembre de 1239 concede Jaime I a Valencia el Justicia.

Es en 1251 cuando, inspirado por el nombre de los fueros de Aragón se comenzó a mencionar a los costums valencianos como fueros, después de la orden real de recoger todas las normas que habían sido promulgadas en los primeros años de la Valencia cristiana. En aquel año Jaime I ordenó que los jueces se atuviesen a los fueros.

Durante un tiempo las aspiraciones de las "costums" dependían de la voluntad del rey que las había promulgado, y por lo tanto podían ser revocadas por éste. La ciudad de Valencia y algunas villas trataron de obtener la irrevocabilidad del derecho valenciano por parte del rey, por lo que se solicitó que el rey jurase los fueros. Esto sucedió finalmente el 7 de abril de 1261. Jaime I juró en Valencia, ante las Cortes Valencianas los fueros de Valencia. Cuatro días más tarde promulgó un privilegio al nuevo reino, según el cual, todos los sucesores del monarca también tenían que jurarlos en Valencia antes de cumplido el mes de su reinado. Esta supeditación del rey a los Fueros supuso la constitución del Reino de Valencia como estado soberano. El texto de los fueros se conservó en un registro redactado por el escribano Boronat de Penya.

Aceptación y extensión de los Fueros de Valencia

El juramento de los fueros por Jaime I y por otros reyes de la Corona de Aragón obtuvo contraprestaciones económicas para la corona. El primer juramento de 1261 lo hizo el rey a cambio de una asignación de 48.000 sueldos reunidos y donados por la ciudad de Valencia, los sitios y villas de la Huerta de Valencia que pertenecían a clérigos y nobles y las villas de Castellón de la Plana, Villafamés, Onda, Liria, Corbera, Cullera y Gandía.

Es importante aclarar que estos fueros no fueron inicialmente los fueros de todo el Reino de Valencia. Es muy destacable la ausencia en las Cortes de 1261 de las villas reales más importantes del reino en aquella época, como eran Morella, Burriana, Morverdre (Sagunto), Alcira y Játiva.

Más concretamente, en el año 1263 los fueros aragoneses regían en Cirat, en Morella, en Vallibona, en Vinaroz, Boixar y Fredes, en Villanueva de Alcolea, la Mola Escabirosa, Coratxà, la Peña del Arañonal, en Castell de Cabres, Castellfort, Burriana, Benicarló, Almazora, Salsadella y Ludiente, Benasal, Albocácer, Catí, y Riu de Truites.

En 1263 los costums de Lérida regían en Cálig, Cervera del Maestre, Rosell y San Mateo, Villafamés, Vinaroz y Cabanes. Y los de Barcelona regían en Castell de Xivert, Montcada y Beniacaldim de Almenara.

Como muestra de interés de Jaime I en los fueros, en 1270 Jaime I volvió a ordenar a los jueces que no se atuviesen a los decretos sino a los fueros. En 1271 volvió a confirmar los fueros intentando dejar clara su voluntad de consolidación del nuevo régimen. También a los que se adhiriesen el rey les condonaría algunas deudas pendientes.

Un hecho muy importante para la consolidación de los fueros fue el decreto que Pedro III, hijo de Jaime I jurara también los fueros en 1277, en su coronación. Pero tuvo un impacto importante el hecho de que Pedro fuese excomulgado por el Papa, hecho que apareja la potestad de los reinos de romper el tributo de vasallaje. Eso fue aprovechado por Cataluña y Aragón, pero especialmente por Valencia, para reforzar sus fueros y privilegios. De hecho, a partir de 1283, en virtud del Privilegium Magnum, el rey no podía imponer nuevos impuestos sin la aprobación de las cortes. Además, en Valencia le fue otorgada la potestad de nombrar cónsules.

El año 1283 el rey Pedro III autoriza la instalación del Consulado del Mar de Valencia, que fue el primero de España.

Con el tiempo, a pesar de la oposición de parte de la nobleza a los fueros de Valencia y ante el riesgo de que el resto del territorio se pudiesen aplicar los fueros de Aragón, la corona y las Cortes Valencianas fueron consolidando poco a poco los fueros de Valencia, como normas para todo el territorio del Reino de Valencia.

De hecho, en las Cortes Valencianas de 1329 fue cuando Burriana y Villarreal aceptaron los fueros de Valencia y se incorporaron a las Cortes Valencianas. Hasta aquel momento habían estado sometidas a los fueros aragoneses.

Características propias de los Fueros y sus implicaciones

Las circunstancias propias del reino de Valencia obligaron a ciertas características especiales de los fueros. El ajuste étnico (cristianos, musulmanes y judíos) dio lugar a problemas de estructuración jurídica. Esto, sumado a los intereses del rey de restar poder a la nobleza feudal hizo que la nueva legislación valenciana estableciese unas fórmulas predemocráticas, con una juridicidad romanista dentro de un poder real prevalente. Esto contrastaba con las viejas estructuras feudales de los otros reinos y condados de la corona. Al contrario que en otros reinos de la Corona de Aragón y del resto de la península, los ciudadanos del Reino de Valencia estaban libres de la arbitrariedad de los señores. El ius soli se impuso sobre el ius sanguinis por primera vez en los reinos de la península.

Esta población estaba además en una fase de mutua adaptación étnica (el poble ajusdadis que menciona Eiximenis). Esto configuró poco a poco en la ciudad de Valencia un régimen político urbano, de ciudad-estado, mercantil, artesanal y mesocrática, comparable al de otras ciudades mediterráneas (Venecia, Génova, etc.) que estaban también en efervescencia. Las facilidades económico-comerciales atrajeron inmigrantes en busca de una mejor calidad de vida, y Valencia entró en una fase de expansión económica y cultural que le llevaría a un florecimiento político, literario y artístico anterior al siglo de oro español.

Los fueros establecieron también los límites del reino, hasta 1304 delimitado por el tratado de Almizra de 1244, a la línea Biar-Busot y a partir de esa fecha, en virtud del tratado de Torrella incorporaría Orihuela Guardamar, Elche, Santa Pola y Novelda. Este territorio era el ámbito de aplicación de la ley valenciana que estipulaba además sobre la moneda, las medidas, volúmenes y pesos así como la redacción y datación unificada de los documentos públicos.

El conflicto de 1333

En 1333 el rey Alfonso IV de Aragón, bajo la influencia de su segunda mujer, Leonor, donó los señoríos de Játiva, Alcira, Morvedre (Sagunto), Alicante, Morella, Castellón de la Plana y Burriana al infante Fernando, (hijo de Leonor). Esto infringía una promesa hecha ante las Cortes en los años 1329 y 1330. Esto provocó un enfrentamiento entre una porción de la nobleza que daba apoyo a la medida y otra porción junto con el pueblo llano que reaccionaron contra ella y en favor y defensa de los fueros. El jefe del jurado de Valencia, Francisco de Vinatea, se entrevistó repetidas veces con el Rey y con Leonor hasta que consiguió la anulación de la donación, con la consecuente irritación de Leonor, pero dando fin al conflicto y a los disturbios civiles que estaba provocando.

Guerra de Sucesión, Decretos de Nueva Planta y abolición de los fueros

Tras su victoria sobre el Archiduque Carlos de Austria en la Guerra de Sucesión Española, el primer rey borbón de España, Felipe V promulgó los Decretos de Nueva Planta que pusieron fin a todo el sistema legislativo y político valenciano. Según estos decretos los funcionarios eran nombrados por el rey y el valenciano fue prohibido como lengua de la administración, de la enseñanza y de la predicación.

Considerando haber perdido los Reinos de Aragón y de Valencia, y todos sus habitadores por el rebelión que cometieron, [...] y tocándome el dominio absoluto de los referidos reinos [...], pues a la circunstancia de ser comprendidos en los demás que tan legítimamente poseo en esta Monarquía, se añade ahora la del justo derecho de la conquista que de ellos han hecho últimamente mis Armas con el motivo de su rebelión; [...]
He juzgado conveniente (así por esto como por mi deseo de reducir todos mis reinos de España a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y Tribunales, gobernándose igualmente todos por las leyes de Castilla tan loables y plausibles en todo el Universo) abolir y derogar enteramente, como desde luego doy por abolidos y derogados, todos los referidos fueros, privilegios, práctica y costumbre hasta aquí observadas en los referidos reinos de Aragón y Valencia; siendo mi voluntad, que éstos se reduzcan a las leyes de Castilla, y al uso, práctica y forma de gobierno que se tiene y ha tenido en ella y en sus Tribunales sin diferencia alguna en nada [...]
Extracto del Decreto de abolición de los fueros de Aragón y Valencia

Cargos e instituciones forales

Ediciones Fascimil

Dada la importancia de la obra, existen ediciones facsimilares, la última de ellas vio la luz en Octubre del 2006, y fue editada por la empresa Valenciana Ceremonial Ediciones SL., sobre el original custodiado por el ayuntamiento de Valencia. La obra está acompañada por un importante trabajo de investigación a cargo de numerosos catedráticos de la Universidad de Valencia, cada uno de ellos doctor en su disciplina.

Bibliografía

  • Chabas, Roque.. Génesis del derecho foral de Valencia.. Valencia. ISBN 978-84-8339-380-2. 
  • Antonio Ubieto Arteta (1981 (primera edición 1971)). Orígenes del Reino de Valencia.. Zaragoza.. ISBN 84-7013-154-0. 

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