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Derechos personales
Derechos personales o créditos son los que solamente pueden reclamarse de ciertas personas, que por un hecho suyo o la sola disposición de la ley han contraído las obligaciones correlativas”.
Se esta frente a un derecho distinto a los derechos reales en su estructura; mientras lo que caracteriza al derecho real es una relación sujeto-objeto, a los derechos personales los caracteriza una relación entre sujetos.
Se distinguen tres elementos
Sujeto activo o acreedor.
Sujeto pasivo o deudor.
Prestación que podrá ser de dar, hacer o no hacer algo.
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