Cartilla Foral

Cartilla Foral

Cartilla Foral

La "Cartilla foral" fue un pequeño folleto realizado por Hermilio de Oloriz en 1894, en el que se recogía los principios fueristas, reclamados en un principio por el carlismo,[1] y posteriormente también, aunque modificados en parte, por el nacionalismo vasco

Contenido

Contexto

El Reino de Navarra, invadido por el de Castilla en 1512, mantuvo su condición de Reino hasta 1841, sirviendo la derrota en la primera guerra carlista como excusa a los liberales centralistas para proceder a la reorganización administrativa de España. Tiempo después diversos intentos fueron minando los restos de independencia que mantenía Navarra, aun como provincia.

La protesta más intensa, en un clima de rebelión multitudinaria fue la "Gamazada" de 1893 en la que los navarros protestaron airadamente[2] contra las reformas en materia de autonomía fiscal que deseaba imponer el Ministro Gamazo. Es en este contexto cabe situar la "Cartilla Foral". Gamazo dimitió, pero Navarra no recuperaría su independencia original.

La actual constitución de 1978, referente a Navarra se retrotrae a dicha ley de 1841.

Artículo principal: Gamazada

Contenido

Se estructura en un esquema de pregunta respuesta y su contenido literal es el siguiente:


  • ¿Navarra formó siempre parte de la nación española?

No, señor.

  • ¿Qué era antiguamente Navarra?

Un reino independiente.

¿Cuándo se unió a España? El año 1512.

  • ¿De qué manera tuvo lugar la unión?

Por medio de un Pacto.

  • ¿Y qué se estableció en él?

Que España respetaría siempre y sin empeorarlos los Fueros del Reino de Navarra.

  • ¿A qué da usted el nombre de Fueros?

A las leyes por que nuestro país se regía.

  • ¿Y esas leyes le reportaban algún beneficio?

Sí, señor; el mantener viva su independencia.

  • No comprendo, ¿cómo podía ser independiente, formando parte de España?

El Reino de Navarra era independiente, porque no tenía de común con España más que la unidad del Rey.

  • ¿De modo que España nunca imperó en Navarra?

Nunca; Navarra sólo debía obediencia a los acuerdos emanados de sus Cortes.

  • ¿En qué asuntos entendían las Cortes de Navarra?

En todos los que interesaban al Reino; y especialmente en hacer leyes y establecer tributos.

  • ¿Según esto, la legislación española no tenía fuerza de obligar a Navarra?

No, señor.

  • ¿Qué contribuciones pagaba a España el Reino de Navarra?

Ninguna.

  • ¿Y al Rey?

Una tan solo, el donativo voluntario.

  • ¿Por qué llama usted voluntario a ese tributo?

Porque su pago y cuantía quedaban a disposición de nuestras Cortes.

  • ¿De modo que en épocas de penuria sería menor el donativo?

Ciertamente.

  • ¿Cuándo votaban las Cortes el donativo voluntario? Después de haber ventilado todos los asuntos que interesaban a Navarra, porque en Navarra antes que el Rey era la Patria.
  • ¿Y podía el Rey alterar los acuerdos de las Cortes?

De ninguna manera; esto hubiera constituido un grave contrafuero, y el Rey juraba mantener sin quebranto los Fueros del Reino de Navarra en el acto de Coronación.

  • ¿Era condición indispensable el jurar los Fueros para ser Rey de Navarra?

Absolutamente indispensable.

  • ¿Y si el Rey hubiera faltado al juramento?

En tal caso, Navarra no estaba obligada a obedecerle.

Tribunales de justicia y servicio militar

  • ¿Qué otro Fuero importante tenía este Reino?

El de poseer Tribunales de Justicia propios.

  • ¿Pero habría fuera de Navarra un Tribunal Supremo, al que recurrir en alzada?

No, señor; todas las causas fenecían en los Tribunales navarros; ahorrábase de este modo gastos a los litigantes, y se les daba al propio tiempo la seguridad de ser juzgados con arreglo a la legislación del país.

  • ¿Recuerda usted alguna otra ley digna de ser mencionada?

Sí, señor; la ley del servicio militar.

  • ¿Qué disponía esa ley?

Que Navarra no diera soldados en tiempo de paz.

  • ¿Y en tiempo de guerra?

Sólo cuando el enemigo hubiese invadido el territorio navarro.

  • ¿Llegado este caso, quiénes estaban obligados a tomar las armas?

Todos los hombres útiles del Reino, hasta la edad de 60 años.

  • ¿Y servían en la milicia fuera de Navarra?

Nunca; a menos que el Reino lo acordase.

  • ¿Recuerda usted si la ley del servicio militar tuvo alguna vez exacto cumplimiento?

En el año 1793, cuando la guerra con Francia. Durante ella armó Navarra a más de 30.000 hombres.

Hecho semejante no lo llevó a cabo ningún otro país de España. Y sin embargo, tampoco lo consignó España en sus historias.

  • ¿Los Fueros de Navarra alcanzaron siempre el respeto de los Monarcas?

Casi siempre.

  • ¿De modo que actualmente continuarán rigiendo?

No, señor; el Pacto de 1512 fue reformado por otro nuevo Pacto.

El Pacto de 1841

  • ¿Y la reforma resultó ventajosa para Navarra?

Para España fue muy ventajosa; para Navarra muy perjudicial.

  • ¿Cuándo tuvo lugar ese nuevo tratado?

El 16 de agosto de 1841. (Al ser derrotados los carlistas).

  • ¿Y qué sacrificios hizo Navarra en beneficio de España?

En primer lugar cedió sus Cortes, y con ellas la facultad legislativa.

  • GRANDE fue el sacrificio, porque de hacer buenas o malas leyes se sigue la felicidad o desgracia de los pueblos. ¿Y qué más hizo Navarra en obsequio de España?

Cedió sus Tribunales de Justicia.

  • ¿Cedió más todavía?

Sí, señor; las aduanas y el estanco de tabaco, con cuyos rendimientos pudiera hoy vivir el pueblo navarro libre de toda contribución.

  • ¿Supongo que ya no le quedarían a Navarra derechos que renunciar?

Aún le quedaban, y en lugar de mantener su ley del servicio militar, aceptó la dura carga de las quintas; y en vez de dar al Rey un donativo voluntario, se comprometió a entregar anualmente a España un millón y quinientos mil reales de contribución.

  • ¿Vivamente habría agradecido España tales sacrificios? Ignoro hasta dónde llegó su gratitud; sólo sé que desde aquella fecha no ha cesado de cercenar nuestros mermados Fueros, tachándolos de egoistas.
  • ¿Pero continuará vigente la ley del 41 ?

De derecho sí; pero no de hecho.

  • ¿Qué contrafueros han tenido lugar desde el nuevo Pacto?

Son indecibles.

  • Indíqueme usted alguno de ellos.

Uno, es el haber aumentado nuestra contribución anual, aproximadamente en tres millones.

  • ¿Y se paga ese aumento?

Aunque es ilegal y aunque el Gobierno debe a Navarra más de treinta millones, se paga.

  • ¿Qué otros contrafueros recuerda usted?

El impuesto de cédulas personales, los sellos del timbre, el papel de multas, el papel sellado exigido en todos los expedientes cuando se cursan fuera de Navarra, las licencias de caza y pesca, el descuento del veinte por ciento sobre propios, el estanco de cerillas, el impuesto sobre viajeros, el de minas, la venta del monte Franco Andía y la suscripción forzosa a la Gaceta Agrícola, impuesta a determinados municipios.

  • Muchos son tantos contrafueros para realizarlos en tan breve tiempo.

Pues aún queda por mencionar uno de suma importancia, el que se refiere al nombramiento de maestros, antes derecho exclusivo de nuestro Municipios.

  • ¿Y quién los nombra ahora?

El Rector de Zaragoza, un alto empleado del Gobierno.

  • ¿Sabe usted qué objeto se propone el Gobierno al infringir la ley en este punto?

Lo ignoro; tal vez sea el de tener sin gasto suyo personas que le secunden, trasformando el carácter de los navarros.

  • ¿Y en qué derechos se escuda el Gobierno para cometer semejantes arbitrariedades?

Ya nos lo tiene dicho; en el derecho del número, en el de la fuerza. Pues si el Gobierno ha roto la Ley del 41, Navarra puede dar por rescindida esa Ley y tendrá derecho a gozar de los Fueros consignados en el Pacto de 1512.

  • Bien dice usted; y revivirán nuestras Cortes, tendremos Tribunales de Justicia propios, serán nuestros los rendimientos de aduanas y del estanco del tabaco, nombraremos Maestros amantes de Navarra, no daremos quintas ni contribuciones y sólo entregaremos al Rey de España, como donativo voluntario, la cantidad que juzguemos equitativa.

Himno Foral

La cartilla también incluía un himno que hoy día no es el oficial en la Comunidad Foral.

Referencias

  1. La cartilla aparece recogida en la página web del Partido Carlista de Euskal Herria/E.K.A
  2. El vicepresidente de la Diputación navarra, Ramón Eseverri, exclamó en 1893: "Nosotros juramos defender nuestros fueros y no habrá poder en la tierra que nos haga faltar a nuestro juramento. Estamos dispuestos a todo".
"Blandid los aceros / a Dios invocad / que vivan los Fueros / navarros gritad / Navarra, patria de héroes, / Tú que supiste ser / en tus empresas fuerte / y a tus deberes fiel / no sufras la coyunda / de vergonzosa ley / ni gimas como esclava / cuando eras Reina ayer. / Blandid los aceros / a Dios invocad / que vivan los Fueros / navarros gritad / Morir es mejor que / humillar en el polvo la frente / perdido el honor."
Obtenido de "Cartilla Foral"

Wikimedia foundation. 2010.

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