Jeremy Bentham

Jeremy Bentham
Jeremy Bentham
Jeremy Bentham by Henry William Pickersgill detail.jpg
Retrato de Jeremy Bentham
Nacimiento 15 de febrero de 1748
Houndsditch
Fallecimiento 6 de junio de 1832
Londres
Nacionalidad inglés
Ocupación botánico
Obras Ver texto.

Jeremy Bentham (n. 15 de febrero de 1748 en Houndsditch — Londres el 6 de junio de 1832) fue un pensador inglés, padre del utilitarismo.

Contenido

Biografía

Fue reconocido como niño prodigio por su padre al encontrarlo en su escritorio leyendo varios volúmenes de la Historia de Inglaterra. A los tres años leía tratados, tocaba el violín a los cinco, estudiaba latín y francés. Hijo de una familia acomodada, estudió primero en Westminster School y a los 12 años ingresó en la Universidad de Oxford y empezó a ejercer como abogado a los 19 años. Pero enseguida se mostró crítico con la educación de su época y con la práctica jurídica, dedicándose por completo a tareas intelectuales. Dotado de una fuerte personalidad, a lo largo de su vida escribió largos manuscritos donde proponía ambiciosas ideas de reformas sociales.

Desde 1814 convirtió su casa en centro de intercambio intelectual y foco de un activo movimiento utilitarista. Entre sus amigos y seguidores más cercanos se encontraba James Mill, el cual quiso hacer de su hijo, John Stuart Mill, el heredero de Bentham al frente del movimiento. Ambos fueron editores de importantes obras de Bentham, quien tenía la costumbre de escribir mucho, pero dejando la mayor parte de los textos inacabados para que los completaran sus editores.

Doctrina utilitarista

Sus trabajos iniciales atacando el sistema legal y judicial inglés le llevaron a la formulación de la doctrina utilitarista, plasmada en su obra principal: Introducción a los principios de moral y legislación (1789). En ella preconizaba que todo acto humano, norma o institución, deben ser juzgados según la utilidad que tienen, esto es, según el placer o el sufrimiento que producen en las personas. A partir de esa simplificación de un criterio tan antiguo como el mundo, proponía formalizar el análisis de las cuestiones políticas, sociales y económicas, sobre la base de medir la utilidad de cada acción o decisión. Así se fundamentaría una nueva ética, basada en el goce de la vida y no en el sacrificio ni el sufrimiento. El objetivo último de lograr «la mayor felicidad para el mayor número» le acercó a corrientes políticas progresistas y democráticas: la Francia republicana surgida de la Revolución le honró con el título de «ciudadano honorario» (1792), si bien Bentham discrepaba profundamente del racionalismo de Rousseau y consideraba absurdo el planteamiento iusnaturalista subyacente a la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Negaba también la «religión natural», que construía el concepto de Dios por analogía con los soberanos de la tierra, y defendía la «religión revelada». En la teoría del conocimiento, era nominalista.

Lo bueno es lo útil, y lo que aumenta el placer y disminuye el dolor. “La naturaleza ha colocado a la humanidad bajo el gobierno de dos amos soberanos: el dolor y el placer. Ellos solos han de señalar lo que debemos hacer”. La ética se convierte, para Bentham, en una cuestión de cálculo de consecuencias o consecuencialismo.

Habla de un cálculo felicítico, intenta dar un criterio para ayudar a los demás en la búsqueda de lo útil, y hace una clasificación de placeres y dolores. Los placeres son medibles, aunque hay que considerar siete criterios:

  • Intensidad
  • Duración
  • Certeza
  • Proximidad
  • Fecundidad (situación agradable que genere más placer)
  • Pureza (ausencia de dolor)
  • Extensión, hay que entenderla como que hay motivos que impulsan a considerar intereses ajenos porque eso puede caer en propio beneficio (que te llamen simpático, benevolente, generoso...). [En la extensión cuando se trata del Estado, sí que se habla de lo útil para la sociedad, el legislador debe preocuparse de que con sus leyes den “la mayor felicidad al mayor número de ciudadanos”. Debe buscar intereses generales].

El utilitarismo ejerció su influencia sobre toda una generación de políticos británicos, representada por Peel. Además Bentham influyó o intentó influir sobre los gobernantes y líderes de las nuevas repúblicas latinoamericanas. Del mismo modo dejo fortalecido y apropiado el concepto de Deontología muy utilizado en leyes y códigos del quehacer profesional que mira hacia el futuro. También puede señalarse la incidencia que tendría, a la larga, sobre las doctrinas subjetivas del valor que se impusieron en la teoría económica occidental a partir de la «revolución marginalista» (Walras, Pareto, etc.) su principal obra fue " El parlamento inglés"

El Panóptico

También dedicó su atención al tema de la reforma penitenciaria, elaborando por encargo de Jorge III un modelo de cárcel (el Panopticon) por el que ambos entraron en conflicto. Bentham ideó una cárcel en la cual se vigilara todo desde un punto, sin ser visto. Bastaría una mirada que vigile, y cada uno, sintiéndola pesar sobre sí, terminaría por interiorizarla hasta el punto de vigilarse a sí mismo. Bentham se dio cuenta de que "el panóptico" era una gran invención no sólo útil para una cárcel, sino también para las fábricas. Si bien el modelo de Bentham fue criticado (aunque él lo consideraba una genialidad), de alguna forma todas las cárceles, escuelas y fábricas a partir de aquella época se construyeron con el modelo panóptico de vigilancia.[1] El modelo del Panopticon fue analizado por Michel Foucault en Vigilar y castigar.

Curiosidades

Jeremy Bentham en el University College de Londres.

Por expreso deseo de él, su esqueleto, totalmente vestido y con una cabeza de cera (la auténtica fue momificada), se guarda en una vitrina de cristal en el University College de Londres, en cuya fundación había participado. Hasta la fecha, "sigue participando" en las reuniones del consejo académico.[2]

Obras en inglés

  • A Fragment on Government, 1776.
  • An Introduction to the Principles of Morals and Legislation, 1780.
  • Of Laws in General, 1782.
  • Defense of Usury, 1787.
  • Chrestomathia, 1817.
  • On the Liberty of the Press and Public Discussion, 1820
  • The Rationale of Reward, 1825.
  • Rationale of Judicial Evidence, 1827.
  • Constitutional Code, 1830
  • The Rationale of Punishment, 1830
  • Pannomial Fragments, 1831
  • "Offences Against One's Self" - publicado solo en 1978

Obras traducidas al español

(Listado parcialmente extraído de Vázquez García, Francisco, & José Luis Tasset Carmona, eds. Jeremy Bentham: De los delitos contra uno mismo. Madrid: Biblioteca Nueva, 2002.)

  • Consejos que dirige a las Cortes y al pueblo español Jeremías Bentham, ed. de José Joaquín de Mora, Madrid, 1820.
  • Tratados de Legislación civil y penal, ed. de E. Dumont, trad. de Ramón de Salas, 5 vols., Imprenta de Fermín Villalpando, Madrid, 1821-1822; reed. de Joaquín Escriche, Madrid, 1823; reed. 8 vols., Burdeos, 1829; reed., Madrid, 1838; reed. preparada por Magdalena Rodríguez Gil, Madrid, Editora Nacional, 1981.
  • Principios de la ciencia social o de las ciencias morales y políticas, ed. de Toribio Núñez, 2 vols., Imprenta de Bernardo Martín, Salamanca, 1821; reed. como La ciencia social según los principios de Jeremías Bentham. Madrid: [s.n.], 1835 (Impr. Real).
  • Cartas de Jeremías Bentham al señor conde de Toreno sobre el proyecto de código penal presentado a las Cortes, Imprenta de Diego García Campoy, Madrid, 1821.
  • Tratado de las pruebas judiciales, ed. de E. Dumont, trad. de Diego Bravo Destonet, París, 1823; reed. Madrid, 1847; nueva ed. de José Gómez Castro, Imprenta de T. Jordán, Madrid, 1835; nueva trad. de Manuel Ossorio Florit, Buenos Aires, Ediciones Jurídicas Europa-América, 1971.
  • Propuesta de código dirigida por Jeremías Bentham a todas las naciones que profesan ideas liberales, (en español) Londres, 1827.
  • Principios de legislación y codificación, ed. de Francisco Ferrer y Valls, 2 vols., Madrid, 1834.
  • Aplicación de la panóptica de Jeremías Bentham a las cárceles y casas de corrección de España. Madrid: T. Jordan, 1834.
  • Deontología o ciencia de la moral, 2 vols., Librería de Hallen y sobrinos, Valencia, 1835; reed. París, 1839.
  • Colección de obras del célebre Jeremías Bentham, ed. de E. Dumont, trad. de Baltasar Anduaga y Espinosa, 14 vols., 1841-1843.
  • Escritos económicos, trad. de Francisco J. Pimentel, México, FCE, 1965, reed. 1978 (es una selección de la ed. inglesa de W. Stark).
  • Cartas autógrafas de y para José Cecilio del Valle: correspondencia con Jeremías Bentham, Alexander Von Humboldt, Abate de Pradt, Conde de Pecchio, Álvaro Flores Estrada, Andrés del Río, Vicente Rocafuerte, Manuel de Mier y Terán, Mariano La Gasc...Prólogo de César Sepúlveda México: Porrúa, 1978.
  • Cartas españolas de Jeremías Bentham, ed. de Pedro Schwartz y Carlos Rodríguez Braun, Moneda y Crédito, nº 165 (1983).
  • El panóptico. El ojo del poder, Michel Foucault; Bentham en España, María Jesús Miranda Madrid: La Piqueta, 1989.
  • En defensa de la usura, Madrid: Ediciones sequitur, 2009.
  • Fragmento Sobre El Gobierno, Traducción De Julián Larios Ramos. Madrid, Sarpe, 1985. Col. Los Grandes Pensadores, 72. Es La Edición Anteriormente Publicada Por Aguilar.
  • Falacias políticas. Estudio preliminar, Benigno Pendas; traducción, Javier Ballarin. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales, 1990.
  • Tácticas parlamentarias. [Madrid]: Congreso de los Diputados, Servicio de Publicaciones, D.L. 1991.
  • Antología. Edición de Josep M. COLOMER. Traducciones de Gonzalo Hernández Ortega y Montserrat Vancells. Barcelona, Península, 1991.
  • “Extracto de ‘Libraos de Ultramaria’.” Introducción, selección y transcripción de los manuscritos por Philip Schofield, traducción de Oliva Pinillos. Télos. Revista Iberoamericana de Estudios Utilitaristas, vol. I, nº 3 (octubre de 1992), pp. 11-43.
  • Nomografía o El arte de redactar leyes. Edición y estudio preliminar de Virgilio Zapatero; traducción de Cristina Pabón. Madrid: Boletín Oficial del Estado: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2000.
  • De los delitos contra uno mismo (Ensayo sobre la Pederastia). Editado por Francisco Vázquez García y José Luis Tasset Carmona, Clásicos del pensamiento. Madrid: Biblioteca Nueva, 2002.
  • Teoría de las ficciones, Politopías; 5. Madrid: Marcial Pons, 2005.
  • Un fragmento sobre el gobierno. Una traducción más ajustada al texto original que la de 1972 a cargo de Enrique Bocardo Crespo. Editorial Tecnos (Colección Clásicos del Pensamiento, Nº 102): Madrid: 1ª edición 2003, 2ª edición 2010.
  • Tratado de las pruebas judiciales: sacado de los manuscritos de Jeremías Bentham, jurisconsulto inglés. 2 vols. Santa Fe de Bogotá: Ediciones Nueva Jurídica, 2000.
  • Tratado de las pruebas judiciales, Biblioteca Comares de ciencia jurídica. Granada: Comares, 2001.
  • Obras selectas de Jeremías Bentham. Tomo I, Tratado de las pruebas judiciales; Tratado de los sofismas políticos. Buenos Aires: RODAMILLANS, 2005.
  • Obras selectas de Jeremías Bentham. Tomo II, Teoría de las penas; Teoría de las recompensas; Táctica de las asambleas legislativas. Buenos Aires: RODAMILLANS, 2003.
  • Obras selectas de Jeremías Bentham. Tomo III, Tratados de legislación civil y penal. Buenos Aires: RODAMILLANS, 2005.
  • Obras selectas de Jeremías Bentham. Tomo IV, Principios de legislación; Panóptico. Buenos Aires: RODAMILLANS, 2005.

AL CATALÁN

  • El panòptic. Traducció d'Eduard Mira; edició i pròleg a cura de Josep Ramoneda Barcelona: Edicions 62, 1985.

Referencias

  1. Javier García Algarra. "La reforma carcelaria en el pensamiento ilustrado y sus modelos arquitectónicos", UNED, 2002
  2. Véase página 85 del número especial de la revista Muy interesante: 293 preguntas y respuestas de ciencia y tecnología, ed. Televisa Internacional. ISSN 0188-0659.

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