Marco institucional de la Unión Europea

Marco institucional de la Unión Europea
Principales sedes Flag of Europe.svg
Sedes UE-EU.png

1 Bruselas (Parlamento - Consejo - Comisión)


2 Estrasburgo
(Plenarias del Parlamento)


3 Luxemburgo
(Tribunal de Justicia - Tribunal de Cuentas)


4 Fráncfort (Banco Central Europeo)


5 La Haya (Europol)


*= Candidato a adherirse a la UE
European central bank euro frankfurt germany.jpg
Eurotorre
Europol Headquarters, The Hague, Netherlands - 20100609.jpg
Edificio del Europol
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Tribunal de Cuentas
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Banco Europeo de Inversiones

El marco institucional único de la Unión Europea (UE) es la expresión concreta del principio de la unicidad institucional de esta organización internacional.[1] Está compuesto por Instituciones, órganos y organismos a los que los Estados miembros atribuyen competencias para el ejercicio comunitario de parte de sus poderes y de la soberanía. Con ello se busca que determinadas decisiones y actuaciones institucionales provengan de órganos de carácter supranacional cuya voluntad se aplica en el conjunto de los Estados miembros, desapoderando así a los órganos nacionales de cada país.

La Unión Europea, en su calidad de comunidad de Derecho y de acuerdo con su personalidad jurídica única, se ha dotado desde la entrada en vigor del Tratado de Maastricht de un marco institucional único que funciona en régimen de democracia representativa y de acuerdo con un método comunitario de gobierno.

Las normas y procedimientos que las instituciones deben seguir se establecen en los tratados,[2] negociados por el Consejo Europeo y en conferencias intergubernamentales y ratificados por los parlamentos nacionales de cada Estado. Como cualquier Estado, la UE dispone de un parlamento, un ejecutivo y un poder judicial independiente, que están respaldados y complementados por otras instituciones. En el funcionamiento y la estructura orgánica de la Unión se distinguen los que de acuerdo con la denominación que les otorgan los Tratados son, por este orden, las instituciones, los órganos y los organismos de la Unión.

Contenido

Historia

Artículo principal: Historia de la Unión Europea

Los tratados que en la actualidad definen la estructura institucional son el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Mientras el TFUE recoge básicamente los contenidos de los Tratados de Roma, por los que se creó la entonces Comunidad Económica Europea (CEE) en 1957, el TUE fue firmado en Maastricht en 1992, aunque posteriormente fue modificado -también el TFUE- por el Tratado de Ámsterdam (1997), el Tratado de Niza (2000) y, finalmente, el Tratado de Lisboa (2007), en vigor desde el 1 de diciembre de 2009.[3]

Después del fracasado de la Constitución Europea (firmada en Roma el 20 de octubre de 2004 con la intención de sustituir a todos los anteriores tratados, y frustrado a causa de los referendos negativos de 2005, en 2007 se firmó el Tratado de Lisboa, que tras un arduo proceso de ratificación entró en vigor en 2009. Este tratado modificó nuevamente el TUE, pero también el antiguo Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (TCE), que ha pasado a llamarse Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). [4]

Instituciones

Las instituciones son un elenco limitado de entidades orgánicamente complejas con funciones políticas y administrativas específicas que abarcan toda la actividad y ámbitos competenciales de la Unión, en el respeto mutuo de sus respectivas dimensiones políticas y funciones y dentro de los poderes que les atribuyen los Tratados (principio de atribución de competencias), orientándose a los procedimientos, fines y condiciones establecidos por los mismos, y manteniendo entre sí y con los Estados miembros una lealtad comunitaria en orden a la adecuada consecución de los objetivos de la Unión (principio de cooperación leal). Su existencia y necesidad institucional vienen determinados por su origen constitucional, contenido en el artículo 13 del TUE.

Vienen comprendidas en el llamado "marco institucional" enunciado por el artículo 13 del Tratado de la Unión. De acuerdo con dicho precepto, las Instituciones de la Unión Europea tienen como finalidad "promover sus valores, perseguir sus objetivos, defender sus intereses, los de sus ciudadanos y los de los Estados miembros, así como garantizar la coherencia, eficacia y continuidad de sus políticas y acciones". Aunque su número ha ido variando a lo largo de la historia comunitaria, en la actualidad, y tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, las Instituciones son siete:[5] el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal de Cuentas y el Banco Central Europeo.

Las relaciones entre las Instituciones deben estar presididas por los principios de competencia, en el marco de las atribuciones funcionales y materiales que a cada una de ellas otorgan los Tratados, y de cooperación leal (tomado del principio constitucional alemán de lealtad federal) entre sí, y entre todas ellas y los Estados de la Unión.

Instituciones políticas

Hay tres instituciones políticas que tienen el poder ejecutivo y legislativo de la Unión. El Consejo representa a los gobiernos, el Parlamento representa a los ciudadanos y de la Comisión representa los intereses europeos.[6]

El Parlamento Europeo

Artículo principal: Parlamento Europeo

El Parlamento Europeo (PE), elegido cada cinco años por los ciudadanos de la Unión en las elecciones europeas. Aunque fue fundado sólo como una asamblea consultiva, los poderes legislativos del PE aumentaron notablemente a partir del Tratado de Maastricht (1992). En la actualidad, ostenta, junto al Consejo, el poder legislativo de la Unión, el poder presupuestario, y el poder de control político de las demás Instituciones de la Unión (véase el artículo 14 TUE). El Parlamento aporta legitimidad democrática, representando a los pueblos de los Estados miembros.[7] [8] [9]

El Consejo Europeo

José Manuel Durao Barroso, José Luis Rodríguez Zapatero y Herman Van Rompuy en representación de la Comision, del Consejo y del Consejo Europeo respectivamente (de izquierda a derecha).
Artículo principal: Consejo Europeo

El Consejo Europeo, formado por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados de la Unión, más su propio Presidente y el Presidente de la Comisión Europea, se reúne trimestralmente y por convocatoria extraordinaria de su Presidente. Sus funciones son de orientación política y de impulso y definición de las grandes líneas estratégicas de actuación política de la Unión. Carece expresamente de toda potestad legislativa, pero su influencia es grande y tiende a ser creciente a medida que la integración europea se extiende a ámbitos próximos a lo que se ha denominado a veces "el núcleo duro de la soberanía". Su antecedente son las Conferencias cumbre de los años 70 y 80. Esta Institución, de funcionamiento y composición intergubernamental, representa junto con el Consejo de la UE la voz de los Estados y de sus intereses nacionales en la construcción comunitaria.

Desde enero de 2010, la Presidencia de Herman Van Rompuy, es responsable de presidir y llevar adelante el trabajo de la institución, que desde el punto de vista político ha sido descrita como la más alta dentro la Unión Europea.[10]

El Consejo

Artículo principal: Consejo de la Unión Europea

El Consejo, antes Consejo de la Unión Europea (CUE), comúnmente conocido como Consejo de Ministros, reúne en su seno a los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, cuyos intereses nacionales incrusta en el proceso decisorio guiado por la búsqueda de un acuerdo común. El Consejo ejerce junto con el Parlamento Europeo el poder legislativo de la Unión. Ostenta la titularidad formal de importantes potestades ejecutivas, pero cuyo ejercicio atribuye necesariamente a la Comisión. Si bien en los últimos tiempos sus funciones legislativas han ido debilitándose en favor de la igualdad con el Parlamento Europeo, el paralelo declive político de la Comisión parece estar propiciando un desplazamiento de retorno simultáneo al Consejo del centro de gravedad del poder decisorio y ejecutivo, que en ocasiones más parece residir en este órgano que en el propio Ejecutivo comunitario. Ello no obstante, el Consejo aparece cada vez más deslumbrado por su alter ego en las alturas, el Consejo Europeo. y...

La Comisión Europea

Artículo principal: Comisión Europea

La Comisión Europea (CE) representa el poder ejecutivo dentro de la UE, aunque también interviene en la legislación. Es una institución políticamente independiente que representa y defiende los intereses de la Unión en su conjunto, propone la legislación, políticas y programas de acción y es responsable de aplicar las decisiones del PE y el CUE. La Comisión tiene el derecho de iniciativa exclusiva en el proceso legislativo; es decir, que propone las nuevas leyes de la Unión, pero son las cámaras colegisladoras, Parlamento y Consejo, las que las adoptan. También se ocupa del día a día del funcionamiento de la Unión y tiene el deber de respetar la ley y los tratados, por lo que se le conoce como la "guardiana de los Tratados".[6]

Instituciones sin fines políticos

El Tribunal de Justicia de la UE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) es la institución depositaria de la potestad jurisdiccional en el sistema constitucional europeo. Es una institución compuesta, que comprende en su estructura un órgano supremo, el Tribunal de Justicia, un Tribunal General encargado de resolver en primera instancia, y los tribunales especializados (en la actualidad sólo se ha constituido uno, el Tribunal de la Función Pública). El TJUE garantiza en última instancia la aplicación del Derecho de la Unión, bajo el impulso de la Comisión, y es el máximo intérprete del Derecho y, en particular, de los Tratados, actuando así como el equivalente a un Tribunal Supremo y a un Tribunal Constitucional.

El Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas es el órgano fiscalizador de la Unión Europea. Supervisa la correcta administración de los fondos europeos, tanto en el nivel de sus Instituciones, órganos y organismos, como en el de los Estados miembros, cuando son estos los que los gestionan.

El Banco Central Europeo

Artículo principal: Banco Central Europeo

El Banco Central Europeo (BCE) es la institución responsable de la política monetaria europea. Es el banco central de la moneda única europea, el Euro (€). Además del control sobre la emisión monetaria y sus requisitos, dispone la política cambiaria y las oscilaciones de los tipos de interés, entre otras competencias monetarias, cuyo objetivo imperativo es preservar la estabilidad de precios, controlando la inflación. Debe además ejercer sus funciones con absoluta independencia. De cumplirse las previsiones del Tratado de Lisboa, accederá al rango constitucional de Institución.

Órganos y organismos de la Unión

Los órganos son entes políticos de Derecho público de rango inferior a las instituciones (aunque no gozan de ese estatuto) y, si sus funciones son concretas, el ámbito sobre el que pueden desplegarla es transversal o, en su caso, se aplican sobre campos más específicos pero con amplias competencias que van mucho más allá de la gestión. Gozan de independencia en el ejercicio de sus funciones.

Los organismos son estructuras subsidiarias de otras instituciones pero con autonomía funcional, generalmente versada en ámbitos especializados de gestión vicaria.

Órganos consultivos

Los órganos consultivos pueden intervenir de forma consultiva en la toma de decisiones, aunque no tienen ningún poder legislativo.

Comité Económico y Social

El Comité Económico y Social Europeo representa a sindicatos, organizaciones patronales, ONGs y demás organizaciones socio-económicas de relevancia europea.

Comité de las Regiones

Artículo principal: Comité de las Regiones

El Comité de las Regiones representa a las autoridades regionales y locales, su perspectiva y sus intereses.

Órganos de garantías

  • Defensor del Pueblo Europeo: Defiende a los ciudadanos y empresas de la UE frente a la mala gestión o trato indebido o discriminatorio de las Instituciones, Órganos y organismos de la Unión, así como de las administraciones nacionales cuando infrinjan en perjuicio de los ciudadanos o empresas obligaciones o allanen derechos que les correspondan en virtud del Derecho Comunitario.

Órganos financieros

Banco Europeo de Inversiones

Artículo principal: Banco Europeo de Inversiones

El Banco Europeo de Inversiones (BEI) es un organismo internacional autónomo vinculado a la naturaleza y los fines de la Unión Europea, que tiene por misión contribuir al desarrollo equilibrado del territorio comunitario a través de la integración económica y la cohesión social.

Servicio Europeo de Acción Exterior

Organismos interinstitucionales

  • Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas: publica, imprime y distribuye información sobre la UE y sus actividades
  • Oficina europea de selección de personal: contrata al personal de las instituciones de la UE y otros organismos.
  • Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD): Garantiza que las instituciones y organismos de la UE respeten el derecho de las personas a la intimidad en el tratamiento de sus datos personales.

Agencias europeas

Artículo principal: Agencias de la Unión Europea

Agencias comunitarias: Existen 16 agencias encargadas de tareas específicas de tipo técnico, científico o de gestión dentro del ámbito comunitario.

Estas agencias no estaban previstas en los tratados europeos: cada una se ha creado mediante acto legislativo y no todas poseen el término "agencia" en su título oficial: pueden llamarse autoridad, centro, instituto, oficina o fundación.

  • Agencias relativas a la Política Exterior y de Seguridad Común

Véase también: Relaciones internacionales de la Unión Europea

  • Agencias de coordinación de la cooperación policial y judicial en asuntos penales

Estas agencias han sido creadas para ayudar a los Estados miembros a cooperar en la lucha contra el crimen internacional organizado. Desarrollan tareas en el contexto del diálogo, la asistencia y la cooperación entre policías, aduanas, servicios de inmigración y ministerios de justicia de los Estados miembros.

  • Europol: Se encarga de facilitar las operaciones de lucha contra la criminalidad al seno de la Unión.
  • Eurojust: Establece el refuerzo de la cooperación judicial entre los Estados miembros.

Véase también

Referencias

  1. «Marco institucional único» (en español). europa.eu. Consultado el 6 de octubre de 2010.
  2. «El funcionamiento de la Unión Europea» (en español) (word). europa.eu. Consultado el 6 de octubre de 2010.
  3. BBC. «¿Una nueva Europa? Entra en vigor Lisboa» (en español). Consultado el 1 de diciembre de 2009.
  4. «Principales cuestiones abiertas en la reforma del Tratado constitucional» (en español). Terra - Martes, 19 de junio de 2006 (2007). Consultado el 20/06/2007.
  5. (PDF). Eur-lex. Consultado el 01-12-2009.
  6. a b «Institutions: The European Commission» (en inglés). europa.eu. Consultado el 6 de octubre de 2010.
  7. «Parliament's powers and procedures» (en inglés). Parlamento Europeo. Consultado el 12-06-2007.
  8. «Parliament - an overview. Welcome». europa.eu. Consultado el 12-06-2007.
  9. «Professor Farrell: "The EP is now one of the most powerful legislatures in the world"» (en inglés). Parlamento Europeo (18-06-2007). Consultado el 05-07-2007.
  10. van Grinsven, Peter (September de 2003). «The European Council under Construction» (PDF). Netherlands Institution for international Relations. Consultado el 6 de octubre de 2010.

Enlaces externos


Wikimedia foundation. 2010.

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