Aval

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Aval

El aval es un compromiso solidario de pago de una obligación a favor del acreedor o beneficiario, otorgada por un tercero para el caso de no cumplir el obligado principal con el pago de un título de crédito. El aval implica la voluntad de una tercera persona inmersa en el título de manera unilateral, a dicha persona se le llama avalista.

El Aval Bancario es un caso particular de aval, en el que el avalista es el banco o entidad de crédito.

Se trata de un instrumento por el cual el tercero (avalista) se compromete a cubrir el pago del monto del título de crédito y sus intereses, en el caso de que el deudor original (avalado) no cumpliere con lo que le corresponde.

En estricto derecho la figura del aval sólo se aplica respecto a los títulos de crédito, aun cuando en lo coloquial se entiende cuando cualquier tercero apoya el actuar de una persona.

Normalmente, quien quiere recibir un préstamo necesita alguien que le avale si suscribe algún titulo de crédito. Es decir, necesita demostrar al banco o a la entidad que le presta el dinero que, en caso de que no pueda devolver el préstamo en los pagos acordados, dicha entidad podrá requerir el pago y aún rematar los bienes tanto del avalado como del avalista para cubrir el resto del préstamo que no haya sido devuelto.

Usos

En los contratos de mutuo con garantía hipotecaria, aun cuando la garantía es el inmueble, suele documentarse el pago con títulos de crédito y es frecuente que los bancos pidan avalistas que respondan del pago de las cuotas en el caso de que el deudor no lo hiciera. Existen avalistas pignorados o no pignorados y se diferencian en la necesidad de hacer un depósito económico previo.

La figura del aval es diferente a la fianza y a la deuda solidaria. El avalista sólo se compromete en títulos de crédito y es siempre solidario. El fiador se compromete en un contrato de fianza y goza de los beneficios de orden y de excusión. El deudor solidario se compromete contractual o cambiariamente. Un aval es imprescindible para conceder un préstamo.

Bibliografía

  • Labariega Villanueva, Pedro Alonso (2004). «El Aval. ¿Fianza sui generis o garantía cambiaria típica?» Boletín Mexicano de Derecho Comparado. Vol. XXXVII. n.º 110. p. 611-661 [1] (PDF).

Véase también

Obtenido de "Aval"

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Sinónimos:

Mira otros diccionarios:

  • aval — aval …   Dictionnaire des rimes

  • aval — AVÁL s.n. (În loc. adv.) În aval = (în legătură cu situaţia unui punct de pe cursul unei ape) mai aproape de vărsare (în comparaţie cu alt punct). – Din fr. aval. Trimis de ana zecheru, 01.07.2002. Sursa: DEX 98  avál s. n. Trimis de siveco,… …   Dicționar Român

  • aval — sustantivo masculino 1. Documento o compromiso escrito por el que se compromete una persona a responder por una obligación financiera de otra: Me ha firmado el aval del préstamo mi hermano. 2. Cualquier cosa o persona que responde o garantiza… …   Diccionario Salamanca de la Lengua Española

  • Aval — (frz. Awal), Wechselbürgschaft; der Bürge unterzeichnet sich einfach mit dem Beisatze »als Bürge« (pour aval) …   Herders Conversations-Lexikon

  • Aval — [a val] der, seltener das; s, e <aus gleichbed. fr. aval> Bürgschaft, insbes. für einen Wechsel …   Das große Fremdwörterbuch

  • aval — s. m. 1. Caução ou garantia dada por terceiros para pagamento de uma dívida. 2. Assinatura do caucionante. 3. Autorização, aprovação ou apoio a algo ou alguém. • Plural: avais e avales.   ‣ Etimologia: francês aval …   Dicionário da Língua Portuguesa

  • aval — (Del fr. aval). 1. m. Escrito en que alguien responde de la conducta de otra persona, especialmente en materia política. 2. Com. Firma que se pone al pie de una letra u otro documento de crédito, para responder de su pago en caso de no efectuarlo …   Diccionario de la lengua española

  • aval — /aval/ In French law, the guaranty of a bill of exchange; so called because usually placed at the foot or bottom (aval) of the bill. In Canadian law, the act of subscribing one s signature at the bottom of a promissory note or of a bill of… …   Black's law dictionary

  • aval — /aval/ In French law, the guaranty of a bill of exchange; so called because usually placed at the foot or bottom (aval) of the bill. In Canadian law, the act of subscribing one s signature at the bottom of a promissory note or of a bill of… …   Black's law dictionary

  • Aval — or endorsement is a shared in common commitment of payment of an obligation in favor of the creditor or beneficiary, granted by a third party in case the first party does not fulfill the obligation to the creditor main forced one with the payment …   Wikipedia

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