Maltrato infantil

Maltrato infantil

Se denomina maltrato infantil o abuso infantil[1] a cualquier acción (física, sexual o emocional) u omisión no accidental en el trato hacia un menor, por parte de sus padres o cuidadores, que le ocasiona daño físico o psicológico y que amenaza su desarrollo tanto físico como psicológico.[2]

Se distinguen cinco tipos básicos de maltrato infantil:[3]

  • el abuso físico;
  • el abuso sexual;
  • el maltrato emocional;
  • el abandono físico;
  • el abandono emocional.

Contenido

Concepto

La definición de maltrato implica una valoración social en relación a lo que es peligroso o inadecuado para el niño. Y aquí reside precisamente la gran dificultad para definirlo, ya que hay una falta de consenso social respecto a lo que constituyen formas de crianza peligrosas e inaceptables. Resulta difícil establecer la raya de separación entre lo que es un maltrato y lo que no lo es (...)[4]

La definición de «maltrato» debe, además, tomar en cuenta, al menos, tres criterios: en primer lugar, la consideración de una acción u omisión como «maltrato» depende, en muchos casos, de la edad del niño; en segundo lugar, la situación psico-fisiológica del menor puede condicionar las consecuencias de la acción u omisión ejercidas sobre él, lo que puede conllevar una relativización de su consideración como maltrato; y, en tercer lugar, hay que tener también en cuenta que no necesariamente todos los actos de maltrato tienen por qué dejar secuelas inmediatas y visibles en el menor; esto es especialmente relevante por cuanto las consecuencias importantes de los casos de maltrato infantil no suelen ser las físicas, sino las que afectan al desarrollo del menor a medio y largo plazo.

El abuso infantil ha sido un conflicto que ha persistido desde los pueblos y civilizaciones de la antigüedad donde utilizaban a los niños para realizar sacrificios y rituales. Sin embargo, según este texto, no hace tanto tiempo que la sociedad obtuvo control sobre el abuso en los menores de edad. En los Estados Unidos se creó una organización la cual, se dedicó ayudar a niños desamparados y la misma fue conocida como “Child Welfare Movement”. Además surgieron otras organizaciones contra el maltrato infantil tal como la Sociedad Neoyorquina para la Reforma de los Delincuentes Juveniles en 1825, cuyo propósitos fue ayudar a niños maltratados y abandonados por sus padres o familiares. Años más tarde se fundó en el estado de Nueva York la “ Society for Prevention of Cruelty of Children” la cual, surgió como fuente de inspiración para desarrollar otras organizaciones contra el abuso infantil en los Estados Unidos y Europa. Aunque, según el texto, en 1874 fue la primera vez que se ganó un caso referido al abuso o maltrato de infantil cuando una menor de nueve años nativa del estado de Nueva York fue sometida a abuso físico. Una trabajadora de caridad ayudó a la criatura y la misma se acudió a la Sociedad Americana para la Prevención de crueldad de los animales donde la trabajadora, encargada del caso de la menor expresó lo siguiente : “ la menor merecía tanta protección como a un perro común” y con estos testimonios pudieron ganar el caso.[5]


Con todo, se considera que, en general, los criterios para calibrar una determinada situación como «maltrato» deben fundamentarse en las consecuencias en el menor, tanto en los daños producidos como en las necesidades no atendidas de este.

El maltrato o abuso físico

Se define como «cualquier acción no accidental por parte de los padres o cuidadores que provoque daño físico o enfermedad en el niño o le coloque en grave riesgo de padecerlo».[6]

Los indicadores típicos del abuso físico en un menor son las magulladuras o moratones en diferentes fases de cicatrización y de forma extendida en diferentes partes del cuerpo; las quemaduras con formas definidas; las fracturas de nariz o mandíbula, o en espiral de los huesos largos; las torceduras o dislocaciones; las heridas o raspaduras en la cara y la parte posterior de las extremidades y torso; señales de mordeduras humanas; cortes o pinchazos; lesiones internas (en el cráneo o cerebro, síntomas de asfixia...).

El abuso de menores consisten en varios elementos y se enfatizan en dos ideas principales la cuales son: la asimetría de edad y el abuso de poder. La asimetría en edad se refiere en la diferencia de edad que hay entre el agresor y la víctima mientras que el abuso de poder es un factor necesario para el abuso infantil; ya que el mismo implica miedo y obtiene un rol dominante en el ámbito social. El abuso al poder se obtiene por medio de las experiencias y la madurez del agresor. Por esta razón la asimetría de edad se convierte en un factor en el maltrato infantil ; ya que por medio de la edad se pueden descifrar los niveles de experiencia, madurez y sobre todo de malicia del agresor.[7]

El abandono o negligencia física y cognitiva

La negligencia se identifica como la falta de proveer las necesidades básicas de un niño por parte de sus padres o personas encargadas.

Se define como aquella situación donde las necesidades físicas (alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia en las situaciones potencialmente peligrosas, educación y/o cuidados médicos) y cognitivas básicas del menor no son atendidas temporal o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con el niño.[8]

La negligencia puede ser:

  • Física (ej., falta de proporcionar comida o resguardo necesario, o ausencia de supervisión adecuada);
  • Médica (ej., falta de proporcionar tratamiento médico o para la salud mental);
  • Educativa (ej., falta de atención a las necesidades emocionales de un niño, falta de proporcionar cuidado psicológico o permitiendo que el niño use alcohol o drogas).


Estas situaciones no siempre quieren decir que un niño es descuidado. Algunas veces los valores culturales, los estándares de cuidado en la comunidad, y la pobreza pueden ser factores que contribuyen, indicando que la familia necesita información o asistencia. Cuando una familia falla en el uso de información y recursos, y la salud o seguridad del niño está en riesgo,desde entonces la intervención de la institución de protección y bienestar del niño podría ser requerida.[9]

El maltrato de menores en el seno de las familias es una de las causas contribuyentes a la problemática social que hoy en día se vive, cuyo producto ultimo es el aumento en la incidencia criminal por parte de la juventud. El maltrato destruye el núcleo familiar, al romper los lazos de confianza y amor que son fundamento mismo de ella. El uso de la violencia por parte de sus padres y/o cuidadores la pone en tela de juicio la realidad de amor de los padres hacia los hijos.[10]

El abuso infantil se puede detectar de diversas formas especialmente cuando los encargados legales del menor dejan de tomar responsabilidades sobre el mismo. Según este articulo, han habido casos severos donde menores de 10 años tienden a cocinarse a ellos mismos porque los padres no han podido traer comida a la casa e incluso han ocurrido situaciones donde el menor permanecen más de 24 horas sin comer. Según esta revista, existen varios tipos de maltrato infantiles tales como, el abuso sexual( donde hay un contacto directo entre el agresor y la victima), maltrato físico( donde ocurren lesiones y agresiones física en contra la víctima, no necesariamente hay abuso sexual), negligencia infantil (donde los padres o encargados legales descartan responsabilidades sobre el niño y al mismo lo abandonan) y el maltrato emocional( donde el agresor cosecha el miedo y la angustia sobre la víctima).[11]

Impacto Psicológico

Las situaciones de maltrato lo que revelan es una grave disfunción relacional que por lo tanto afectará al normal desenvolvimiento del cumplimiento de tareas del menor. Este fracaso en la ejecución de las metas del menor sería, en sentido amplio, el impacto del maltrato y es lo que se viene a significar cuando en las definiciones de maltrato se señala que éste amenaza el desarrollo de la competencia del niño o el desarrollo físico, psicológico y emocional considerado como normal para el niño.[12]

El impacto del maltrato o abuso, al ser un fenómeno contextualizado, puede verse amortiguado, según múltiples variables: no sólo las más obvias, relacionadas con el tipo, duración o intensidad del maltrato, sino también con las características de la víctima, los recursos y apoyos que tenga, y las propias situaciones de su evolución vital.Según el artículo (2003). "Basta de indiferencia: maltrato infantil", el abuso infantil es un conflicto del cual, hay muchas polémicas con respecto al niño ; ya que el mismo puede tener muchos problemas durante su desarrollo personal.[13]

Aspectos históricos

A lo largo de la historia de la Humanidad y en la actualidad, tomando a la Humanidad como un todo, puede decirse que lo normal, en el sentido de frecuente, es que los niños no reciban lo que entendemos por «buen trato». La mayoría de los datos históricos que poseemos sobre el respeto de los derechos de los niños por parte de muchas culturas de la antigüedad corroboran esta afirmación.[14]

La atención jurídica y médica de los menores maltratados empezó a desarrollarse en la segunda mitad del siglo XIX. De manera individual, el médico francés A. Tardieu publicó en 1860 la primera monografía sobre el tema y el también médico estadounidense Silverman demostró con estudios radiológicos las consecuencias no visibles de los maltratos.

El primer proceso judicial que defendió a un menor (una niña) por los malos tratos recibidos por adultos (en su caso, su propia madre), tuvo lugar en 1874 en Estados Unidos. La acusación fue realizada por la Sociedad Protectora de Animales, por cuanto no existía ley alguna que amparase a los menores, aunque sí a los animales en general.

Estas labores pioneras dieron como resultado que antes de que acabase el siglo se creasen dos sociedades pro derechos de los niños: The Society for the Preventión of Cruelty to Children, en Nueva York, y The National Society for the Prevention of Cruelty to Children, en Londres.

La atención a los derechos de los menores es característica de la segunda mitad del siglo XX, que es cuando se les reconoce como sujetos de derechos. En 1959, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración de los Derechos del Niño; y, más tarde, en 1989, esa misma Asamblea adoptó la Convención sobre los Derechos del Niño.

Paralalamente a este interés en el estatus legal, se fue desarrollando la correspondiente atención a la comprensión y prevención del fenómeno.

En 1962 se publicó en Estados Unidos un trabajo científico titulado «Síndrome del niño apaleado» que incentivó de manera definitiva la atención a las víctimas de los malos tratos infantiles, incluyendo con ellos la reformulación de las medidas legislativas y la sensibilización de la opinión pública respecto del problema. En los países europeos más desarrollados, se produjo un fenómenos similar en los años siguientes.

Habiéndose registrado una alta incidencia de querellas de maltrato de niños y un esfuerzo único por este mal fue aprobada en varios estados de Estados Unidos la Ley Núm. 75 el 28 de mayo de 1980, en la cual se establecía que un menor era víctima de "maltrato o negligencia" cuando sufría daño o perjuicio, o se encontraba en riesgo de sufrir daño o perjuicio en su salud física, mental emocional, o en su bienestar, por las acciones y omisiones no accidentales de sus padres o de otras personas o instituciones responsables de su cuidado. En esta ley se estableció la política pública de protección a menores.[15]

La atención de los expertos ha ido desde la casi concentración en los malos tratos de tipo físico a la apertura hacia, por un lado, la comprensión de los conceptos de negligencia y de maltrato emocional, y, por otro, el problema de los abusos sexuales. También, ha habido cambios en lo que se refiere a la percepción de los maltratadores (en principio, identificados con personas con problemas psíquicos y/o pertenecientes a contextos socio-económicos muy atrasados; después, asumiendo el perfil variopinto del maltratador infantil) y en la forma de abordar los problemas (en principio, la separación del maltratado de su entorno; después, el intento de rehabilitar ese entorno).

Véase también

Notas

  1. Existe una preferencia cada vez mayor por el término «maltrato infantil» frente al de «abuso infantil», por cuanto el primero resulta más inclusivo respecto de las distintas condiciones que puede presentar y porque reduce el impacto emocional del término «abuso»; cf. Enrique Gracia Fuster y Gonzalo Musitu Ochoa, El maltrato infantil..., pág. 29.
  2. Cf. Enrique Gracia Fuster y Gonzalo Musitu Ochoa, El maltrato infantil..., pág. 35.
  3. Cf. Mª Ignacia Arruabarrena y Joaquín de Paúl, Maltrato a los niños..., pág. 26.
  4. Miguel Costa Cabanillas, «Prólogo» a Mª Ignacia Arruabarrena y Joaquín de Paúl, Maltrato a los niños..., pág. 15.
  5. Gomez de Terrenos, I. (1995). Los profesionales de la salud ante el maltrato infantil: Comares (Ed). (Pag.15-50). Granada.
  6. Mª Ignacia Arruabarrena y Joaquín de Paúl, Maltrato a los niños..., pág. 27.
  7. Maria, J. & Sumalla, T. (2002). La protección penal del menor frente al abuso y explotación sexual: análisis de las reformas penales en materia de abusos sexuales, prostitución y pornografía de menores: Editorial Aranzadi (Ed).(Pag 17-31). Navarra.
  8. Mª Ignacia Arruabarrena y Joaquín de Paúl, Maltrato a los niños..., pág. 29.
  9. Fernandez, E. (2008), "De los malos tratos en la niñez y otras crueldades", Buenos Aires: Lumen-Humanitas
  10. Vales, P., García, V., Flores, D. (1993), "Justicia juvenil y el maltrato de menores en Puerto Rico", San Juan, Puerto Rico: Jay-Ce
  11. Muela Aparicio, A. (2008). Hacia un sistema de clasificación nosológico de maltrato infantil. Anales de psicología; España. 10 de marzo de 2011, http://biblioteca.uprrp.edu:2113/Universitas/welcome.do?login=uprrpiedras&prd=6&at=IP
  12. Cerezo, María A. (1995), El impacto psicológico del maltrato: Primera infancia y edad escolar Nº 71, pags. 135-158. Recuperado el 12 de marzo de 2011 de http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=48496
  13. Perdomo Cueto, G. (2003). Basta de indiferencia: maltrato infantil. Siempre; México (Pag.1) 10 de marzo de 2011; http://biblioteca.uprrp.edu:2113/Universitas/welcome.do?login=uprrpiedras&prd=6&at=IP
  14. Mª Ignacia Arruabarrena y Joaquín de Paúl, Maltrato a los niños..., pág. 19.
  15. Teodoro, O. (1984), "La internación de menores y sus problemas sociales", Argentina: Depalma

Fuentes

  • Gomez de Terrenos, I. (1995). Los profesionales de la salud ante el maltrato infantil: Comares (Ed). (Pag.15-50). Granada.
  • Maria, J. & Sumalla, T. (2002). La protección penal del menor frente al abuso y explotación sexual: análisis de las reformas penales en materia de abusos sexuales, prostitución y pornografía de menores: Editorial Aranzadi (Ed).(Pag 17-31). Navarra.
  • Perdomo Cueto, G. (2003). Basta de indiferencia: maltrato infantil. Siempre; México (Pag.1) 10 de marzo de 2011; http://biblioteca.uprrp.edu:2113/Universitas/welcome.do?login=uprrpiedras&prd=6&at=IP

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